jueves, 29 de enero de 2009

El 31 de enero vence plazo para adaptar máquinas fiscales

NOTICIAS24.COM   28/01/2009 01:49 pm  

   

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Foto: Radius Images

Este sábado 31 de enero vence el plazo que tienen los comerciantes para adquirir, repotenciar o adaptar sus máquinas fiscales, tal como lo establecen las Providencias 0257 y 0592, publicadas en Gaceta Oficial por el Seniat.

El Superintendente Nacional Aduanero y Tributario, José David Cabello Rondón, hizo un llamado a los dueños de los establecimientos comerciales a adecuar sus equipos a la normativa legal vigente que dispone la obligatoriedad de la correcta utilización de las máquinas fiscales a partir del próximo domingo 1° de febrero.

Cabello Rondón alertó que de no poseerse en este momento el equipo establecido, los contribuyentes deberán adquirirlo o adaptarlo según aspectos contemplados en el portal www.seniat.gob.ve, toda vez que el incumplimiento de esta medida acarreará sanciones conforme a lo dispuesto en el Código Orgánico Tributario (COT), que van desde el cierre de los establecimientos y multas entre 10 y 50 unidades tributarias (de 460 y 2.300 bolívares fuertes), por lo que invitó a ponerse al día con estos cambios planteados por la Administración Tributaria.

Cabello reiteró que no habrá prórroga frente a esta obligación
y enfatizó que a partir de este lunes, funcionarios adscritos a la Intendencia Nacional de Tributos Internos del Seniat emprenderán en todo el país un operativo especial de fiscalización de las máquinas, jornada que abarcará distintos sectores de la economía nacional.

Sólo los contribuyentes que hayan iniciado sus operaciones antes del 1° de febrero de 2008, que no puedan repotenciar las máquinas fiscales y requieran sustituirlas, disponen hasta el 1° de febrero de 2009 para adquirirlas.

Señaló que garantizar el cumplimiento de esta normativa obligatoria para los dueños y encargados de establecimientos comerciales con ingresos anuales superiores a las 1.500 unidades tributarias, forma parte del proceso asumido por el Seniat para fortalecer la recaudación tributaria en Venezuela.

Con información de ABN

 

sábado, 17 de enero de 2009

A partir de hoy entra en vigencia en USA el sistema de previa autorización de viaje

Sin el permiso, obtenido por internet, no se podrá embarcar

(Sigla) Los ciudadanos extranjeros que viajen a Estados Unidos con estancias inferiores a 90 días utilizando pasaporte emitido por países que participan en el convenio de exención de visa, deberán obtener una autorización de viaje con al menos 72 horas de antelación al despegue, a través de una web oficial gratuita.

Hoy lunes comenzó a aplicarse una nueva normativa de seguridad de Estados Unidos que obligará a los pasajeros venezolanos y de otras nacionalidades a realizar un nuevo trámite antes de viajar a este país.

La norma aplica indistintamente a motivos de viaje por turismo o por trabajo. El viajero deberá registrar sus datos personales en la página web habilitada y el portal expedirá al pasajero una autorización de viaje necesaria para despegar.

El permiso electrónico para desplazarse no asegura la entrada en Estados Unidos, ya que esta decisión corresponde a la policía de aduanas, que decidirá en función de otros criterios de seguridad adiciionales.

Sigla conoció hoy de casos de viajeros que fueron dejados en tierra en Maiquetía por no haber cumplido con el requisito. Una familia venezolana radicada en México por motivos profesionales y con numerosas entradas en Estados Unidos tuvo que quedarse en tierra, sin haber sido autorizada a viajar bajo la habitual base de TWO (transit without visa), bajo supervisión policial directa en el aeropuesto de Miami.

El procedimiento digital reemplaza a la autorización de viaje que los pasajeros llenaban hasta ahora en vuelo y debe ser entregado a oficiales de inmigración a la llegada.

"Sólo podrán subirse al avión los pasajeros que hayan sido autorizados para viajar", advierten las autoridades estadounidenses.

El US Department of National Security chequeará las identidades y datos de los viajeros suministrados a través del formulario digital del nuevo procedimiento presentado en 21 idiomas, incluido castelllano, por el Electronic Syatem for Travel Authorization (ESTA).a través de la dirección

https://esta.cbp.dhs.gov/.

La página web indica el listado de países participantes en el Programa de Exención de Visas, pero se advierte que los ciudadanos de estos países también tendrán que obtener una autorización de viaje aprobada antes de su viaje a Estados Unidos.

El viajero deberá rellenar sus datos personales, número de pasaporte, número de vuelo y proporcionar la dirección que tendrá en Estados Unidos durante su estancia. Además, deberá responder a siete preguntas relacionadas con enfermedades, detenciones, terrorismo, espionaje y narcotráfico. (Sigla)

2007, Agencia Sigla. Derechos Reservados.
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martes, 6 de enero de 2009

Inamovilidad laboral especial hasta el 31 de diciembre de 2009

noticias24.com

05/01/2009 11:06 am   

Desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2009, fue prorrogada la inmovilidad laboral especial dictada a favor de los trabajadores del sector público y privado, por disposición de la Presidencia de la República.

Así consta en el decreto número 6.603, de la Presidencia de la República, publicado en la Gaceta Oficial número 39.090, de fecha viernes 2 de enero de 2009.

Según lo informa la Agencia Bolivariana de Noticias, la inamovilidad laboral está contenida en el decreto 5.752, de fecha 27 de diciembre de 2007, publicada en la gaceta 38.839, de fecha 27 de diciembre de 2007.

Los trabajadores amparados por esta prórroga, no podrán ser despedidos, desmejorados, ni trasladados, sin justa causa, calificada previamente por el inspector del trabajado de la jurisdicción.

El incumplimiento de esta norma, dará derecho al trabajador a solicitar el reenganche y pago de salarios caídos correspondiente. Esto no incluye la posibilidad de convenios o acuerdos entre patronos, por una parte, y trabajadores, por la otra, para lograr la reducción de personal, mediante el procedimiento de negociación colectiva voluntaria establecido en el ordenamiento jurídico vigente, según lo reseña ABN

Quedan exceptuados de la aplicación de la prórroga los trabajadores que ejerzan cargos de dirección, quienes tengan menos de tres meses al servicio de un patrono, quienes desempeñen cargos de confianza, los trabajadores temporeros, eventuales y ocasionales. Así como quienes devenguen para la fecha de este decreto, un salario básico mensual superior a tres salarios mínimos mensuales y los funcionarios del sector público quienes conservarán la estabilidad prevista en la normativa legal que los rige.

Con información de ABN

viernes, 2 de enero de 2009

municación de CADIVI

Asunto: Manual de normas y procedimientos para consignación de documentos

 

Estimado usuario (a).

La Comisión de Administración de Divisas (CADIVI) se complace en informarle que está disponible en su página electrónica (www.cadivi.gob.ve) el “Manual de normas y procedimientos para la consignación de documentos ante la Comisión de Administración de Divisas a través del operador cambiario autorizado”.

 El manual incluye normas generales y específicas para la consignación de documentos relacionados con la solicitud de registro de usuario en el sistema de administración de divisas, las providencias vigentes, de los recursos de reconsideración y de las modificaciones al registro de usuario, por parte de las personas naturales y jurídicas ante CADIVI.

La Comisión le invita a leer este manual y tenerlo a disposición para consulta, ya que su contenido normará a partir del 1 de enero de 2009 la consignación de documentos para los fines en él especificados.

 

Atentamente,

Comisión de Administración de Divisas

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